Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO seguido por la empresa CORPORACION DIGITEL, C.A., a favor del ciudadano ROBERHT ALEXANDER LEON MANRIQUE.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 203º y 154º
La Jueza
ABG. Geraldine Eugenne Louis.
El Secretario
Abog. Héctor Rodríguez
En esta misma fecha 17 de octubre de 2013, se publicó la presente decisión, siendo la 03:20 p.m.-
El Secretario
Abog. Héctor Rodríguez