Se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley procesal antes citada, dándole efecto de cosa juzgada. Se elaboran cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, de los cuales uno será incorporado al expediente, uno para el copiador de sentencias y uno (01) solicitado por la parte demandada los fines de tramitar el pago acordado y uno (01) solicitado por la parte actora. Se acuerda remitir el presente asunto a su archivo definitivo en la oportunidad que corresponda y una vez que conste en autos el pago acordado. Se acuerda la devolución de los escritos de pruebas y demás elementos probatorios consignados en la oportunidad de la celebración de la audiencia preliminar inicial, los cuales las partes declaran que reciben conformes