Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Esta Corte de Apelaciones se declara competente para conocer del presente amparo Constitucional a tenor de lo contenido en el artículo 04 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: INADMISIBLE POR FALTA DE LEGITIMIDAD, la Acción De Amparo Constitucional interpuesta por el Profesional del Derecho: ROGER VILLEGAS, quien actúa en su carácter de Defensor Privado del ciudadano: PEDRO MIGUEL MAYOR ESCOBAR, en contra la DRA. PEDDYMAR MACERA JUEZA DEL TRIBUNAL ÚNICO DE PRIMERA INSTANCIA EN F.....