DECISIÓN
Por todas las consideraciones expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: La Falta de cualidad e interés de la empresa PDVSA PETROLEO S.A. para estar en el presente juicio;
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA RESPECTO A LA CODEMANDADA FAVELC.A.; y a tal efecto, queda la mencionada empresa condenada a pagar las siguientes sumas:
¿ Vacaciones Fraccionadas: le corresponden 3.75 días multiplicados por la cantidad Bs. 86.666,66, para un total de TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS Bs. 324.999,97. Así se acuerda.
¿ BONO VAC FRACC: le corresponden CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEISBOLIVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.151.666, 65). Así se acuerda.
¿ UTILIDADE.....