En virtud de las razones antes expuestas este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión definitiva dictada en fecha 10 de agosto de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, y en consecuencia SE MODIFICA la anterior decisión. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana LINA MARITZA TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.616.475 y en consecuencia SE CONDENA a la demandada sociedad de comercio SERVICIOS PREVISIVOS ROFENIRCA C.A.; a cancelarle a la demandante, ya identificada, la diferencia ordenada en la motiva del presente fallo. TERCERO: Al no hab.....