ÚNICO: Declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el Recurso de Apelación de sentencia interpuesto por los ciudadanos abogados SANTOS CARDOZO ARÉVALO Y SANTOS CARDOZO MORALES, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano WUINDERME DE JESÚS PADRÓN, en contra de la sentencia condenatoria proferida en fecha 09-08-10 y publicada su texto íntegro en fecha 18-08-10, por el referido Tribunal, en la causa signada con el Nº 2M-910-08, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 literal "b" de la Ley Adjetiva Penal, por cuanto fue interpuesto fuera del tiempo útil establecido en el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, dentro del término de diez (10) días hábiles siguientes a partir de la publicación del texto íntegro de la sentencia.