DISPOSITIVA
Por las motivaciones de hecho y derecho que anteceden, este Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento en la demanda por cobro de Diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, solamente en lo que respecta a los codemandados MANUEL DAS MERCES LUIS, ALBINO DE PONTE LUIS, JOAO MANUEL DE PONTE VALENTE, DARÍO FERNANDO NAVARRO VILLARREAL, JOSE MARCELINO TEXEIRA DE ANDRADE, partes debidamente identificadas en los autos;
Segundo: La causa con relación a la persona jurídica, entidad de trabajo FUENTE DE SODA, C.A. (RESTAURANTE MAMMA MIA) y los ciudadanos MIRIAM ROMAN DAS MERCES SOUSA, ANTONINO ASCENSAO DE PONTE, DUARTE BATISTA PESTANA, SANDRA MARÍA.....