Ahora bien, cumplidos como han sido los trámites de ley, y verificados los requisitos anteriores, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Esta Alzada se declara COMPETENTE para conocer y decidir, el presente recurso de apelación de conformidad con el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SEGUNDO: Se ADMITE el Recurso de Apelación presentado, por los abogados HENRY QUINTANA GONZALEZ y KIMBERLY ANALY CASTELLANO CARRILLO, en su carácter de DEFENSAS PRIVADAS, de la acusada: WILEXIS ANAIS MIER Y TERAN CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-25.527.819, en contra de la sentencia Condenatoria de fecha veintidós (22) de agosto del año dos mil Veintitrés (2023) y publicada en fecha doce (12) de septiembre del año dos mil Veintitrés (2023), por el TRIBUNAL SEG.....