DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 437 y 450 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana ABG. MARIA T. PERDOMO AZUAJE, en su condición de Defensora Pública Penal Nº 53 del Área Metropolitana de Caracas, del ciudadano GARCÍA ZUÑIGA RICARDO JOSÉ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo del ciudadano DR. CRISTÓBAL MARTÍNEZ MURILLO, de fecha 12 de Noviembre del año que discurre, mediante la cual decretó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra de su defendido.
Regístrese, publíquese y diarícese.
EL.....