este Juzgado Cuarto de Primera de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se condena en costa a la parte actora de conformidad con lo previsto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, previa solicitud de la parte demandada. PUBLIQUESE REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION. Años 150 ° y 199 °.
La Jueza
Abg. Vilma Leal
El Apoderado de la parte demandada.
El Secretario.
Abg. Héctor Rodríguez.
Nota: En esta misma fecha previa las formalidades de Ley se cumplió con lo ordenado
El Secretario.
Abg. Héctor Rodríguez.