Visto que las declaraciones rendidas por los testigos promovidos, no coinciden con los particulares de la solicitud, en cuanto al valor de la bienhechurias así como de la autoría de la construcción de las mismas, y dada la duda razonable que embarga a esta Juzgadora, es por lo que DENIEGA la presente solicitud de homologación de titulo supletorio. En consecuencia Archívese la presente solicitud. Cúmplase.-