Ahora bien, con base a esa ADMISION DE LOS HECHOS realizada conforme a la ley y de manera espontánea, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en base a sus atribuciones legales CONDENA al ciudadano ALVARO LUIS CEDEÑO PATETE, titular de la cédula de identidad Nº 22.966.153, Venezolano, de 21 años de edad, natural de Maturín Monagas, de Estado Civil: Soltero, profesión u oficio obrero, residenciado en Sector negro primero segundo callejón casa N° 2-A, de Maturín Estado Monagas, hijo de Misleidi del Valle Patete (V) y de Arevalo Cedeño (V), teléfono: 029164144243, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias de ley, pena esta que nace como quiera que la sanción del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPERFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN CANTIDADES MENORES, previsto y sancionado en el segu.....