Esta Juzgadora para decidir observa que la solicitud formulada por el Ministerio Público, no es contraria a derecho y tomando en cuenta que se trata de tutelar bienes muebles de carácter público como lo es el dinero aportado por la Alcaldía del Municipio Girardot de este estado, a dicha caja y considerando así mismo que se está perjudicando los ahorros de los trabajadores que en ella se encuentran depositados, aunado a que la presente emana del titular de la acción penal, el cual posee elementos suficientes para considerar en la presente el periculum in mora y el daño inminente que sustenta la presente, los cuales son los presupuesto necesarios establecidos en las normas adjetivas, citadas, en ejercicio de los principios consagrados en el artículo 49 del texto constitucional garantes del debido proceso y a las facultades espacialísimas que tenemos asignadas los Jueces de Control en cuanto a la tutela judicial efectiva, por todo lo cual se declara CON LUGAR, lo solicitado, y en tal sen.....