Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por el ciudadano ALIRIO AQUILES MORENO MONGUES, identificado con la cedula de identidad N° V-14.470.510, contra la ciudadana YEBETZI YOEBET LA ROSA YUNYET, identificada con la cedula de identidad N° V-.14.492.977, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día tres (03) de noviembre del año 2005, por ante el Registro Civil Municipio Libertador, del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 344, Folio N° 044, Año 2005, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada en e.....