Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: NIEGA LA HOMOLOGACIÓN del convenimiento presentado por el ciudadano JOSÉ LIRA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.027.339, debidamente asistido por el abogado Héctor Sánchez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 82.193, y por las Abogadas Zoraida Ufre y Rita Martínez, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 58.871 y 54.848, respectivamente, en sus condiciones de Apoderadas Judiciales del MUNICIPIO PIAR DEL ESTADO MONAGAS.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en el Estado Delta Amacu.....