Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el abogado CARLOS ALBERTO BARRIOS, actuando en su propio nombre y representación, contra el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO EL HATILLO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
SEGUNDO: Se declara la NULIDAD de la Comunicación s/n de fecha 14/10/2013 emanada de la Dirección de Gestión Administrativa y Capital Humano, y por consiguiente se ORDENA pagarle al actor la suma mensual de Bs. 8.001,45 la cual fuera calculada en la motivación del presente fallo.
TERCERO: Se ORDENA al Ente querellado pagarle al actor la diferencia por concepto de jubilación que dejara de percibir desde el mes de octubre de 2013 hasta la ejecución del presente fallo, la cual será calculada med.....