Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente solicitud de Oferta Real de Pago, interpuesta por JOSE SAUL LOPEZ PERICANA, titular de la cédula de identidad No. 8.232.395, en su condición de Representante legal de la empresa INVERSIONES BARELLO 2007, C. A., debidamente asistido por la abogada MARCELIS BRITO, inscrita en el IPSA bajo el No. 112.847, a favor del ciudadano AARON RAFAEL SILVA LUGO y ASÍ SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE y REGISTRESE.
EL JUEZ
ABG. JOSÉ FRANCISCO GONZÁLEZ LAMUÑO
LA SECRETARIA
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