Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por la ciudadana CARLI CRISTINHE PINEDA ARELLANO, identificada con la cédula de identidad No. V-12.854.299, contra el ciudadano JESUS ANTONIO HENRIQUEZ DURAN, identificado con la cédula de identidad No. V- 6.932.920, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día treinta (30) de abril del año 1999, por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N°06, Tomo I, Folio 35, Año 1999, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictada e.....