Por las razones antes expuestas y de conformidad con lo establecido en los Artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por PARTICION, incoado por Los ciudadanos: JHONNY ERNESTO POLANCO MARTINEZ, MIRIAM NATALY POLANCO MARTINEZ, ANGY KARLA POLANCO MARTINEZ Y CARMIR BEATRIZ POLANCO MARTINEZ venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidades: V-9.668.910; V-9.668.905; V-13.134.302; V-13.963.382
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión.
TERCERO: Se ordena notificar a la parte actora a fin de que dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes al de hoy, se dé por notificada, a los fines de que pueda ejercer los recursos correspondientes, advirtiéndoles que, vencido este plazo, quedará definitivamente firme la presente sent.....