Acuerda al Ministerio Público prórroga de QUINCE (15) DIAS, contados a partir del día 24.04.2011, a los fines que culmine con la investigación y presente el acto conclusivo que considere procedente. Asimismo, dicho lapso vencerá en fecha 08.05.2011, por lo que de no ser presentado el acto conclusivo en el lapso establecido, se procederá de conformidad con lo previsto en la parte in fine del parágrafo único del artículo 79 Eiusdem. Notifíquese a las partes. Remítase las presentes actuaciones en su oportunidad a la Fiscalía 16° del Ministerio Público del Estado Aragua.