V. DISPOSITIVA
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara:
PRIMERO: La perdida de estadía en derecho de la demandada MINISTERIO DE EDUCACION CULTURA Y DEPORTE.
SEGUNDO: Se ordena librar nueva notificación a la accionada MINISTERIO DE EDUCACION CULTURA Y DEPORTE, en la persona Jefe de Recursos Humanos, tanto en Caracas como en Zona Educativa Maracay a los fines de la prosecución del proceso.
TERCERO: No se considera necesario la notificación de la parte actora, en virtud de que se encuentra a derecho.
CUARTO: Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a partir del día hábil siguiente al de hoy.
De conformidad con lo dispuesto en el artíc.....