VI. PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, interpuesta por el ciudadano PAUL VALERI ALBORNOZ, contra la Sociedad Civil UNIVERSIDAD JOSÉ MARÍA VARGAS, plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Los conceptos y cantidades de dinero que deberá pagar la parte demandada al actor son los discriminados en la motiva del presente fallo, donde se incluyó lo correspondiente a los intereses de mora y la corrección monetaria, todo lo cual se ordenó cuantificar mediante experticia complementaria del fallo en los términos expuestos en la parte motiva del mismo. TERCERO: No hay condenatoria en cotas dada la naturaleza del fallo.
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