Como consecuencia obligada de lo anterior, el monto total que se condena a pagar a la entidad de trabajo COOPERATIVA SEGURIDAD BOLIVARIANA, R.L., al demandante, ciudadano ERETZI JOSÉ SILVA VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº V-11.473.563, es de: UN MILLÓN QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLÍVARES CON VEINTIDÓS CÉNTIMOS (Bs. 1.571.396,22), de acuerdo a la motiva de la decisión y a la presente aclaratoria, además del monto que resulte del cálculo de la corrección monetaria ordenada en el presente fallo, a excepción del monto condenado a pagar por concepto de cesta tickets, así se decide.