-III-
DISPOSITIVA
En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia el estado Carabobo, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha 11 de abril de 2018, por el ciudadano OCTAVIO PÈREZ PÈREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.397.909., asistido debidamente por el abogado RAFAEL ENRIQUE OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.459.457, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 15.325, en contra del auto dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, conforme a la cual negó oír el recurso de apelación presentado en fecha quince (15) de Marzo de 2018, (folio al veint.....