DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente acción de NULIDAD DE VENTA incoada por el ciudadano AMADO RAFAEL LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.344.966, representado por la abogada YUMEIRA CEDEÑO TUSSEN IPSA N° 169.742, en contra de la ciudadana BEZAIDA JOSEFINA LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.613.652 y de este domicilio. Se condena en costas a la parte demandante.
Notifíquese a las partes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. Maturín, a los veintitrés (23) días.....