Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial Del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos YOEGLI DEL CARMEN CORDERO GARCIA y JOSE ANGEL VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-11.615.476 y V-9.684.737, respectivamente, asistidos por la abogada YNDIRA BALDUZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 74.203. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANTARA DEL ESTADO ARAGUA, según acta Nro. 247, del año 1993, de fecha 02 de Agosto de 1.993, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el EJECÚTESE definitivo de la presente sentencia, a los efectos de los Artículos 475 y 507 del.....