DISPOSITIVA
Por los fundamente anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE EL SIGUIENTE PRONUNCIAMIENTO: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto en el artículo 418 del Código Penal vigente para el momento, por falta de certeza, no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar el enjuiciamiento de FELIX ALONSO ABACHE, de nacionalidad Venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.302.725 adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Maturín, Estado Monagas, de conformidad con el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. . Notifíquese a las partes. Se ordena el cese de su condición de imput.....