El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, ADMITE la pruebas promovidas por la ciudadana GLENDA CORDERO, actuando en su carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República, por cuanto no son en su contenido manifestantes ilegales ni impertinentes.-