MEDIACION POSITIVA QUE SE LOGRA EN LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR, en la cual la parte demandada ofrece pagar la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS Bs (25.000,00)se realizará de la siguiente manera: Un Primer Pago por la cantidad de DOCE MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 12.500,00), y un Segundo Pago: por la cantidad de DOCE MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 12.500,00) que se efectuará en mediante cheque a nombre de la trabajadora en cual será consignado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) los días seis de junio del dos mil doce (06-06-12) y dos de julio del dos mil doce (02-07-12). Así mismo las partes en común acuerdo, dejan sentado que queda por cuenta de la empresa el suministro de la documentación necesaria para el trámite del cobro de la pensión por el Seguro Social, tales como: Constancia de Trabajo, Planilla 14-02, 14-03 y 14-100.