Es por ello que, en atención a lo establecido en la norma in comento, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ORDENA remitir la totalidad de la presente causa, a través de oficio, a la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del SENIAT, a los fines de continuar el proceso del ahora denominado cobro ejecutivo, iniciado con la demanda de juicio ejecutivo intentada conforme a las disposiciones previstas en la norma tributaria del 2001. Líbrese oficio.