Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por la ciudadana JEANETTE ANTONIA GUTIERREZ ZAAVEDRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.528.591, en contra de la ciudadana, JUANA JOSE FINA FERRER SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.369.467, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la notificación de la presente decisión mediante listado, que será publicado en la cartelera de este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 174 y último aparte del artículo 233 del Código de Procedim.....