DISPOSITIVO
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Sexto Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: PRIMERO: El Decaimiento del Objeto, en el recurso de hecho interpuesto por la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, contra el auto de fecha 14 de abril de 2023, dictado por el Tribunal Décimo Cuarto (14º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas; y, TERCERO: Se ordena la notificación por oficio de la Fiscalía General de la República, la Procuraduría General de la República, el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo y de la Inspectoría del Trabajo en Miranda Este del .....