DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en Funciones de Tercero de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace el siguiente pronunciamiento: DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD al ciudadano Imputado NESTOR GERARDO ALCALA AVILA, nacido en fecha 29-05-79, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.039.062, al ciudadano imputado JULIO JOSE BOLIVAR HACHEZ, nacido en fecha 22-02-67, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 9.434.340, y al ciudadano imputado RAMON DE JESUS BLANCO UVIEDA, nacido en fecha 28-07-73, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 12.321.798, todo de conformidad con los artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3° y 251 ordinales 2° y 3° y parágrafo primero del mencionado artículo. Se ordena como sitio de reclusión la Comisaría Cuartelito para el imputado JULIO .....