DDISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SEXTO (06°) EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA que fuera impuesta por el Extinto Juzgado Primero Accidental del Tribunal Superior Vigésimo Primero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, al penado EMILIO JOSÉ TINEO, titular de la cédula de identidad N° V-6.114.763, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES GRAVES y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 417 y 282 del Código Penal, respectivamente, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 ordinal 1° Eiúsdem, en relación con el articulo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y como consecuencia de ello, se declara LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD.....