En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Unipersonal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano DOMINGO MORENO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Ocumare de la Costa, Estado Aragua, nacido en fecha 12-05-1937, de 74 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, titular de la cédula de Identidad Nº V-1.970.750, y residenciada en CASERIO APONTE, CALLE NEGRO PRIMERO Nº 90, OCUMARE DE LA COSTA, ESTADO ARAGUA, de los cargos formulados por la Fiscal Sexta del Ministerio Público, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Vigente, en perjuicio de UGUETO DIAZ WLADIMIR, por considerar esta Juzga.....