este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el siguiente pronunciamiento; PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA al acusado: RICHARD ENRIQUE BOLIVAR BOLIVAR, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-22.942.936, nacido en fecha 01-01-1994, de 22 años de edad, residenciado en: TURMERO PARCELAMIENTO 15, CALLE ESPERANZA CASA Nº 13, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISION, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de HOMICIDIO EN LA EJECUCION DE UN ROBO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el articulo 406 numeral 1° en relación con el articulo 84 numeral 3° ambos del Código Penal Venezolano; igualmente se le condena cumplir las penas accesorias de Ley prev.....