DECLARA: LA EXTINSIÓN DE LA INSTANCIA, POR ABANDONO DEL TRÁMITE de la Acción de Amparo Constitucional incoada por el ciudadano GIOVANNI PERUGINI DOMÍNGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-6.922.016, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.SA., bajo el N° 47.191, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil MONAGAS DEALER, C.A., en contra de TODOS LOS TRABAJADORES QUE ESTEN IMPIDIENDO EL ACCESO A LAS INSTALACIONES DE DICHA SOCIEDAD MERCANTIL, ambas partes identificadas en autos.