DISCIERNE los cargos de TUTOR, PROTUTOR, SUPLENTE DEL PROTUTOR Y CONSEJO DE TUTELA, a los prenombrados ciudadanos en el orden supra indicado, del niño (X) de tres (03) años de edad, con todas sus consecuencias, para que puedan entrar en el ejercicio de la TUTELA del referido niño, de conformidad con lo establecido en el artículo 312 del Código Civil y concatenado con el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en especial cuando los actos dictados en la presente resolución van dirigidos a asegurar el desarrollo integral del niño (X) así como del disfrute pleno de sus derechos y garantías. Expídase por Secretaría copia certificada del presente auto, del nombramiento y de la aceptación de los cargos, a los fines de su protocolización en el Registro Público del domicilio del niño (X) Publíquese en la prensa el presente discernimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 415 del Código Civil.
La Juez,
Abg. Aguada Domínguez
La.....