DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento anteriores, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA para el penado JESUS RAFAEL RAVELO COVA, debidamente identificado ut supra, la REDENCION JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO, según lo establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un (1) día de reclusión por dos (2) de trabajo o estudio, reduciéndose la pena anterior de VEINTIUN AÑO Y CUATRO MESES DE PRESIDIO, a DIECINUEVE AÑOS, DOS MESES Y DOCE DIAS DE PRESIDIO, fijándose el cumplimiento total de la pena para el 18-10-2021, A LAS DOCE HORAS DE LA NOCHE. Todo ello por cuanto se constató que el mismo ha laborado por un tiempo total de CUATRO AÑOS, TRES MESES Y SEIS DIAS, cumpliendo de esta manera con lo pautado en los artículos 3 y 5 .....