En este estado, este Tribunal, conforme a la transacción celebrada entre las partes y de su revisión, observa que no fueron vulnerados normas de orden público, por lo que, conforme al artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo HOMOLOGA EL ACUERDO CELEBRADO ENTRE LAS PARTES EN LOS TERMINOS EXPUESTOS, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA; por lo que se da por concluido el presente proceso, ASIMISMO SE DEJA CONSTANCIA DE LA IMPRESIÓN DE CINCO (5) EJEMPLARES A UN SOLO TENOR. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman: