PRIMERO: Consumada la Perención y Extinguida la Instancia en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, intentado por la ciudadana MARIA ESPERANZA SILVA DE ANZOLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.645.130, debidamente asistida por la abogada EVELYN ARREDONDO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 109.332; quien ejerció acción de Nulidad contra la Providencia Administrativa N° 1116-11 de fecha 16 de noviembre del 2011, en el expediente N° 043-2011-01-2562, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua; a tenor de lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. SEGUNDO: Se ordena notificar a la parte recurrente de la presente decisión; y una vez que.....