Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por RETRACTO LEGAL incoara la sociedad mercantil INVERSIONES SHUZ, C. A., contra la sociedad mercantil INVERSIONES SINDOX, C.A. y los ciudadanos LINDA REBECA COHEN RINCÓN, DAVID ENRIQUE COHEN RINCÓN y JACOBO JOSÉ COHEN RINCÓN, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil, se decreta medida de prohibición de enajenar y gravar sobre el inmueble supra identificado y se niega la medida cautelar innominada.