En virtud de los criterios jurisprudenciales antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, declara: PRIMERO: "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos JAKSON ALBERTO ARROYO ZAYA y JENNY LISBETH ARENAS MORFFE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.812.028 y V-18.164.217 respectivamente. SEGUNDO: Declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 21 de agosto de 2015, por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Samán de Guere del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, según se evidencia, Acta de matrimonio inserta bajo el Nº 308, folio 61, del día 21 de agosto del año 2015.
Publíquese, regístrese, .....