Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO incoado por la apoderada judicial de la entidad de trabajo ASOCIACION CIVIL INTERNATIONAL SCHOOL OF MONAGAS. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se LEVANTA la medida cautelar de suspensión de efectos de la providencia administrativa recurrida, que fue decretada por este Tribunal, en fecha 21 de abril de 2022, tramitada en el cuaderno separado N° NC11-X-2022-000002. Se ordena notificar al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO. Líbrese oficio. Cúmplase.