D E C I S I O N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLES los Recursos de Apelación presentados por:
PRIMERO: El Abogado JOSE GREGORIO RODRIGUEZ GONZALEZ, actuando en este acto con el carácter de Defensor Privado de los Ciudadanos. MARIA ANGELICA ANIBAL, ROSIRIS MERCEDES GOLINDANO y JONATAN ROJAS VELASQUEZ. SEGUNDO: La Abogada CRISEIDA VALLENILLA JARAMILLO, actuando en este acto con el carácter de Defensor Privado de los Ciudadanos RAFAEL ANDRES NARVAEZ JARAMILLO y TERCERO: El abogado JOSE GREGORIO SUAREZ MOSQUEDA, actuando en este acto con el carácter de Defensor Privado de Ciudadano JESUS ENRIQUE GUERRA SUZARRA, contra la decisión dictada en auto de fecha 01 de Julio de 2009, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estad.....