DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en función de Segundo de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: AUTO DE EJECUCIÓN al ciudadano: CORTEZ RODRIGUEZ KEIBER HANS HALLENIER, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-24.670.586, Soltero, residenciada en URBANIZACION LA MORA 1 AV. 01, CASA Nº 57 DE LA CIUDAD DE LA VICTORIA ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS, UN (01) MES Y QUINCE (15) DIAS, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 458 y 80 del Codigo Penal Articulo 114 de la Ley para el desarme y Control de Arma y Municiones.. Se observa que la penada fue condenada a las penas accesorias previstas en el Artículo 16 del Código Penal. Asimismo, se le participa que la penada .....