Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 22 de junio de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos antes expuestos. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ÁNGEL ENRIQUE RENGIFO MARCÍAN, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.814.181, en contra de la JUNTA DE CONDOMINIO CENTRAL DEL CONJUNTO RESIDENCIAL CANTACLARO PLAZA, y en consecuencia SE CONDENA a la accionada, antes identificada, a cancelar al demandan.....