Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por los ciudadanos Antonio Calvo Blesa y Gamal Ayoub Naim contra la Sociedad mercantil Jantesa, S.A. ambas partes plenamente identificadas. En consecuencia se ordena a la demandada a pagar los demandantes los conceptos condenados en la motiva del presente fallo, para lo cual se ordena realizar una experticia complementaria del fallo por un solo experto contable cuyos gastos deberán ser cubiertos por la demandada, a los fines de calcular, el salario integral, los conceptos de vacaciones, bono vacacional, utilidades, y la prestación de antigüedad, más los inter.....