DECISIÓN
Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Con lugar el procedimiento de estabilidad incoado por el ciudadano CARLOS RAFAEL MARTINEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.782.641 contra la SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORA REIALCA, C.A. Así se decide. SEGUNDO: Se califica el Despido como NO JUSTIFICADO, y en consecuencia, se ordena el Reenganche del ciudadano CARLOS RAFAEL MARTINEZ, antes identificado, a su puesto de trabajo en las mismas condiciones laborales en la cuales se encontraba antes de que se produjera el despido no justificado. Así se decide. TERCERO: Se ordena el pago de los salarios caídos desde la fecha del despido, los cuales deberán ser computados desde el d.....