Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le otorga la ley declara: ÚNICO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN efectuada por la parte demandada ciudadano JORGE SLIMAN DREIKHAM CHAYEB. En consecuencia se RATIFICA LA MEDIDA DE SECUESTRO decretada por este Tribunal en fecha 08 de agosto de 2012, sobre un inmueble constituido por un local comercial ubicado en la Avenida Abraham Lincoln (Boulevard de Sabana Grande) Centro Comercial Diez, identificado con el Número Cinco N° (5), constante de Planta Baja y una Mezzanina, en la Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital.
Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida en la presente incidencia.